Texto oficial
La Provincia instituye un Consejo de carácter consultivo y asesor del Poder Ejecutivo y del Poder Legislativo que promueve la concertación de acuerdos que faciliten la convivencia de intereses plurales y divergentes y contribuye a la definición de políticas de interés general para la Provincia. El Consejo está integrado por representantes de los sectores del trabajo, la producción y la economía social, las organizaciones sociales, académicas, científicas y profesionales; promueve la participación plural y equitativa con alcance regional. La función no será remunerada. La ley reglamenta su composición, forma de elección, duración de los cargos, atribuciones, organización y funcionamiento, las materias sobre las que dictamina, la forma de adopción de sus decisiones y el carácter de las consultas.