Ley 0

Artículo 68Fines de la educación

Texto oficial

La educación tiene como fin esencial propender a la formación de seres libres, críticos y con principios éticos. Estará inspirada en el reconocimiento de la dignidad de la persona, el fortalecimiento, respeto y defensa de los derechos humanos, el pluralismo ideológico, la protección del medio ambiente, la integración social para un desarrollo humano sostenido, la afirmación del sentido de pertenencia provincial, regional, nacional y latinoamericano, abierto a la integración con otras culturas.
← Ver en Constitución de la Provincia de Santiago del Estero completaConstituciones