Ley 0

Artículo 9Estabilidad laboral

Texto oficial

Declárase la estabilidad laboral de los empleados públicos mientras dure su buena conducta. No podrán ser separados de sus empleos sin sumario previo donde se observen las garantías del . La legislación no podrá alterar o suspender la estabilidad ni prohibir la actividad política de los empleados públicos fuera del ejercicio de sus funciones. La filiación partidaria no es requisito para la admisión ni causa para la cesantía. El funcionario o empleado público a quien se impute en el desempeño de sus funciones estará obligado, en los casos y formas que la ley determine, a acusar para vindicarse, gozando del beneficio del proceso gratuito.
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