Ley 0

Artículo 94Tesoro provincial

Texto oficial

El Estado provincial provee a los gastos públicos con los fondos del Tesoro, constituido conforme a las leyes con recursos provenientes de: 1. Los tributos de recaudación directa o coparticipados. 2. La renta y el producido de la venta de sus bienes. 3. La actividad económica del Estado. 4. Los derechos, participaciones, contribuciones o cánones, derivados de la explotación de sustancias minerales o del uso de bienes de público. 5. Los empréstitos y demás operaciones de crédito.
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