Volver al listado

Constitución de la Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur

VigenteConstituciónProvincial
Sanción:15 de mayo de 1991BO:15 de mayo de 1991Ver fuente oficial
211artículos
Derechos y garantíasDerechos socialesDemocracia directaAntártida argentinaSoberanía territorialRégimen municipalSistema electoralAutonomía provincial
Contexto de la ley

Resumen ejecutivo

La Constitución de Tierra del Fuego de 1991 fue la primera constitución de la provincia, que obtuvo el estatus provincial ese mismo año mediante la Ley Nacional 23.775. Organiza el Estado bajo principios democráticos y republicanos, con énfasis en la participación ciudadana directa. Reconoce un extenso catálogo de derechos individuales y sociales, establece un Poder Legislativo unicameral, un Poder Ejecutivo con Gobernador y Vicegobernador, y un Poder Judicial con Consejo de la Magistratura. Incluye mecanismos de democracia directa (iniciativa popular, consulta popular y revocatoria de mandatos) y regula los recursos naturales, el medio ambiente y el régimen municipal.

Objetivo

Organizar el Estado provincial recién creado con un marco constitucional moderno que garantice derechos fundamentales, la , la y la participación directa de la ciudadanía en los asuntos públicos.

Problema que resuelve

Estableció el marco constitucional de la provincia más austral de Argentina al adquirir el rango provincial en 1991, regulando todos los aspectos de la organización institucional, los derechos ciudadanos y el régimen de los recursos naturales estratégicos (hidrocarburos, pesca, minería).

A quiénes alcanza

ciudadanos de Tierra del Fuegomunicipios y comunasfuncionarios provincialesmagistradosempleados públicostrabajadoresempresas de hidrocarburos y mineríapescadorescomunidades locales
Análisis jurídico

Obligaciones

  • El Estado debe garantizar los derechos individuales y sociales reconocidos en la Constitución
  • El Estado debe proteger el medio ambiente y los recursos naturales estratégicos de la provincia
  • Los municipios y comunas tienen autonomía institucional, política, administrativa y financiera
  • El Estado debe promover la participación ciudadana directa a través de la iniciativa popular y la consulta popular

Derechos que reconoce

  • Derechos individuales y procesales: libertad personal, , , , (Arts. 12-50)
  • : trabajo, salud, vivienda, educación, cultura, seguridad social (Arts. 51-62)
  • Derechos políticos: sufragio, partidos políticos, revocatoria de (Arts. 25-27)
  • Derechos sobre recursos naturales: participación en beneficios de recursos provinciales (Arts. 80-88)

Sanciones

  • Los funcionarios pueden ser sometidos a ante la Legislatura (Arts. 113-122)
  • Los magistrados son removibles por el Consejo de la Magistratura y el Jurado de Enjuiciamiento (Arts. 159-162)
  • Los funcionarios que incumplan la Constitución responden políticamente ante el órgano competente

Casos de uso

  • Consultar los requisitos para ser legislador provincial o gobernador de Tierra del Fuego
  • Verificar el procedimiento de reforma constitucional (Arts. 190-199)
  • Conocer el régimen de y de comunas (Arts. 169-187)
  • Entender los mecanismos de democracia directa: iniciativa popular, consulta popular y revocatoria (Arts. 207-209)
  • Consultar el régimen de los recursos naturales: hidrocarburos, pesca y minería (Arts. 83-87)

Preguntas frecuentes

La Constitución de Tierra del Fuego de 1991 tiene 211 artículos, organizados en dos grandes partes: la primera sobre derechos y garantías, y la segunda sobre las autoridades de la provincia, incluyendo los tres poderes del Estado, el régimen municipal y la participación ciudadana directa.