DESREGULACIÓN. El Estado Nacional promoverá y asegurará la vigencia efectiva, en todo el territorio nacional, de un sistema económico basado en decisiones libres, adoptadas en un ámbito de libre concurrencia, con respeto a la propiedad privada y a los principios constitucionales de libre circulación de bienes, servicios y trabajo. Para cumplir ese fin, se dispondrá la más amplia desregulación del comercio, los servicios y la industria en todo el territorio nacional y quedarán sin efecto todas las restricciones a la oferta de bienes y servicios, así como toda exigencia normativa que distorsione los precios de mercado, impida la libre iniciativa privada o evite la interacción espontánea de la oferta y de la . La reglamentación determinará los plazos e instrumentos a través de los cuales se hará efectiva la desregulación dispuesta en el párrafo anterior.
Qué significa en la práctica
Es el corazón del decreto: fija como política de Estado un sistema de "decisiones libres" y "libre concurrencia". En la práctica, ordena dejar sin efecto las restricciones a la oferta de bienes y servicios y cualquier norma que controle o distorsione los precios. Es el principio que habilita todas las derogaciones posteriores.
Ejemplo práctico
A partir de este principio se derogan, por ejemplo, las leyes de Abastecimiento y de Góndolas, que daban al Estado herramientas para intervenir en los precios.
Efectos prácticos
•Deja sin efecto restricciones a la oferta de bienes y servicios
•Elimina controles que fijen o distorsionen precios
•Funda la desregulación que desarrollan los títulos siguientes