Ley 70/2.023

Artículo 346

Texto oficial

Sustitúyese el N° 19.550, T.O. 1984 y sus modificatorias, por el siguiente: “ARTÍCULO 30.- Las sociedades anónimas y en comandita por acciones solo pueden formar parte de sociedades por acciones y de responsabilidad limitada. Las asociaciones y entidades sin fines de lucro sólo pueden formar parte de sociedades anónimas. Podrán ser parte de cualquier asociativo.”

Qué significa en la práctica

Reescribe el (19.550): amplía las sociedades en las que pueden participar las sociedades anónimas y en comandita por acciones.
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