Constitucional

autonomía municipal

Definición

Derecho de los municipios a darse sus propias normas, elegir sus autoridades y administrar sus intereses locales sin interferencia del gobierno provincial, en los términos que cada constitución provincial establezca. La autonomía puede ser plena (institucional, política, administrativa y financiera) o semiplena.

Ejemplo práctico

Un municipio con autonomía plena puede dictar su propia Carta Orgánica, elegir su intendente por voto popular y cobrar sus propias tasas sin necesidad de autorización provincial.

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