Constitucional
derecho a la privacidad
También: intimidad, vida privada
Definición
Derecho de toda persona a que sus acciones privadas que no ofendan el orden o la moral pública ni perjudiquen a terceros queden exentas de la autoridad de los magistrados. También protege el domicilio, la correspondencia y los datos personales frente a intromisiones estatales o de terceros.
Ejemplo práctico
El Estado no puede ingresar al domicilio de una persona sin orden judicial, ni interceptar sus comunicaciones privadas, ni publicar sin consentimiento datos sensibles de su vida personal.