Administrativo
empleo público
Definición
Relación jurídica entre el Estado y sus agentes, regulada por el derecho administrativo y no por la LCT. El agente público tiene estabilidad en el empleo garantizada constitucionalmente y no puede ser despedido sin causa ni sumario previo. El régimen varía entre Nación, provincias y municipios.
Ejemplo práctico
Un docente provincial designado en planta permanente no puede ser cesanteado por decisión unilateral del gobierno: debe tramitarse un sumario administrativo y, en su caso, llegar a la cesantía por justa causa.