Latín jurídico
inter partes
Definición
Expresión que designa los efectos de una sentencia o acto jurídico que solo alcanzan a quienes fueron parte en el proceso o contrato, sin extenderse a terceros. Es el efecto relativo clásico de los contratos y de la mayoría de las sentencias judiciales en el sistema argentino.
Ejemplo práctico
Una sentencia que declara la nulidad de un contrato entre A y B solo produce efectos entre ellos; un tercero ajeno al juicio no queda vinculado por esa decisión.