Civil
locación
También: alquiler, arrendamiento
Definición
Contrato por el cual una parte (locador) se obliga a entregar el uso y goce de un bien a la otra (locatario) por un tiempo determinado, a cambio del pago de un precio (alquiler). Para vivienda habitacional se aplica la Ley 27.551: plazo mínimo de 3 años, ajuste cuatrimestral por índice ICL, depósito máximo de un mes.
Ejemplo práctico
Un inquilino que firma un contrato de alquiler de departamento por 3 años tiene garantía de estabilidad: el locador no puede rescindirlo antes sin causa y debe cumplir el plazo mínimo legal.
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art. 1187 CCyCNLey 27551