Latín jurídico

pro homine

También: principio pro persona

Definición

Principio del derecho internacional de los derechos humanos que impone interpretar las normas siempre en el sentido que más favorezca a la persona humana. Ante normas de igual jerarquía, se aplica la más protectora; ante restricciones a derechos, se interpreta restrictivamente. Es criterio hermenéutico dominante en el bloque de constitucionalidad argentino.

Ejemplo práctico

Ante dos interpretaciones posibles del alcance de un derecho constitucional, el juez debe optar por la que amplíe la protección de la persona, aplicando el principio pro homine.

Artículos relacionados

art. 29 CADH

Ver también