Civil

responsabilidad objetiva

Definición

Factor de atribución de responsabilidad que prescinde de la culpa o dolo del autor del daño. El sindicado como responsable responde por el mero hecho de ser dueño, guardián o ejercer una actividad riesgosa, sin que la víctima deba probar su culpa. Solo se exime acreditando la causa ajena: caso fortuito, culpa de la víctima o hecho de un tercero.

Ejemplo práctico

El fabricante de un producto defectuoso responde objetivamente ante el consumidor dañado; no puede eximirse alegando que adoptó todos los cuidados posibles en la producción.

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