Laboral

trabajo de menores

También: trabajo adolescente

Definición

Régimen especial que regula el trabajo de personas menores de 18 años. Está prohibido el trabajo de menores de 16 años en todas sus formas (trabajo infantil). Los adolescentes de 16 a 18 años pueden trabajar con autorización paterna y jornada reducida, con protección especial en materia de tareas prohibidas y horarios.

Ejemplo práctico

Un adolescente de 16 años puede trabajar en una empresa con autorización de sus padres, pero no puede hacerlo en horario nocturno, en tareas peligrosas ni más de 6 horas diarias.

Artículos relacionados

art. 32 LCTLey 26390

Ver también