Volver al listado

Ley 13.064

VigenteNacional

Ley 13.064 - Obras Públicas

Sanción:6 de octubre de 1947Promulgación:13 de octubre de 1947BO:28 de octubre de 1947Ver fuente oficial
58artículos
obra públicacontrataciones del Estadolicitacióninfraestructuraderecho administrativo
Contexto de la ley

Resumen ejecutivo

Es la ley madre de la obra pública en Argentina. Define qué es obra pública nacional, cómo se licita y contrata, el régimen del (anticipos, certificados, modificaciones, plazos), la recepción provisoria y definitiva, la rescisión por del Estado o del contratista, y las garantías. Base de toda la infraestructura pública.

Objetivo

Ordenar la contratación y ejecución de las obras públicas nacionales, garantizando transparencia y reglas claras entre el Estado y los contratistas.

Problema que resuelve

Da el marco para licitar, contratar y ejecutar obra pública con reglas uniformes (licitación, certificación, modificaciones, rescisión).

A quiénes alcanza

Estado nacionalcontratistasempresas constructorasorganismos públicos
Análisis jurídico

Obligaciones

  • La obra pública debe contratarse, por regla, mediante licitación.
  • El contratista debe ejecutar la obra conforme al proyecto, los plazos y las especificaciones.
  • El Estado debe pagar los certificados de obra en tiempo y forma.

Derechos que reconoce

  • Del contratista: a cobrar los certificados, a la redeterminación de precios y a las indemnizaciones por rescisión sin .
  • Del Estado: a modificar, recibir y, en su caso, rescindir la obra conforme a la ley.

Casos de uso

  • Entender cómo el Estado licita y contrata una obra pública.
  • Conocer los derechos del contratista (certificados, redeterminación) y las causales de rescisión.
  • Saber cómo se recibe y se paga una obra pública.

Preguntas frecuentes

Toda construcción, trabajo o servicio de industria que ejecute el Estado nacional, por regla a través de licitación, regida por esta ley.