Resumen ejecutivo
La Ley de Empresas del Estado (1949), en su texto ordenado por el Decreto 4053/1955 y con las reformas de las leyes 14.380 y 15.023, regula las Empresas del Estado: entidades que el Estado crea para actividades industriales, comerciales o de servicios públicos. Quedan sometidas al derecho privado en su actividad específica y al derecho público en su relación con la administración. La ley fija el contenido mínimo de sus estatutos, su dependencia del Poder Ejecutivo con un síndico de Hacienda, la presentación anual de plan de acción y presupuesto, el control del Tribunal de Cuentas de la Nación (auditoría contable y auditores), el régimen de responsabilidad de sus autoridades, el tratamiento impositivo y la regla de que no pueden ser declaradas en quiebra (solo el Poder Ejecutivo dispone su disolución o liquidación, respondiendo el Estado por el pasivo). Fue derogada por el art. 37 del 70/2023.Objetivo
Dotar al Estado de un molde institucional para sus empresas industriales/comerciales y de servicios, combinando agilidad privada con control público.Problema que resuelve
Antes de esta ley el Estado no tenía una figura uniforme para sus empresas; cada una funcionaba con su propia ley orgánica, sin reglas comunes de funcionamiento, control y responsabilidad.A quiénes alcanza
Obligaciones
Derechos que reconoce
Casos de uso
Preguntas frecuentes