Declárase que continúan en vigencia los decretos leyes dictados por el Gobierno provisional entre el 23 de septiembre de 1955 y el 30 de abril de 1958, que no hayan sido derogados por el Honorable Congreso de la Nación.
Qué significa en la práctica
Declara que continúan en vigencia los decretos-leyes dictados por el gobierno provisional entre el 23/9/1955 y el 30/4/1958, salvo los derogados por el Congreso.