Ley 17.285

Artículo 201Ley aplicable: aeronave pública extranjera

Texto oficial

Los hechos ocurridos, los actos realizados y los delitos cometidos en una aeronave pública extranjera en el espacio aéreo argentino están regidos por la ley del pabellón y serán juzgados por sus tribunales. (Artículo sustituido por art. 239 del Decreto N° 70/2023 B.O. 21/12/2023)

Qué significa en la práctica

Los hechos en una aeronave pública extranjera en el espacio argentino se rigen por la ley de su bandera.
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