La información aeronáutica del material cartográfico necesario para la circulación aérea, será aprobada y autorizada por la autoridad aeronáutica y se ajustará a las disposiciones vigentes al respecto y a las prescripciones contenidas en los convenios sobre la materia, de los que la Nación sea parte.
Qué significa en la práctica
La información aeronáutica y el material cartográfico para la circulación aérea son aprobados por la autoridad.