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Art. 39
Ley 17.285
Artículo 39
Pérdida de la nacionalidad
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Texto oficial
Toda aeronave inscripta en el Registro Nacional de Aeronaves pierde la nacionalidad argentina al ser inscripta en un estado extranjero.
Qué significa en la práctica
La aeronave inscripta en el país pierde la nacionalidad argentina al ser inscripta en un Estado extranjero.
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