Los permisos de exploración abarcarán áreas cuya superficie no exceda de cien (100) unidades. Los que se otorguen sobre la plataforma continental no superarán las ciento cincuenta (150) unidades. (Artículo sustituido por Art. 2 — Reforma de la Ley de Hidrocarburos (2014) B.O. 31/10/2014)
Qué significa en la práctica
Fija la superficie máxima de las áreas de los permisos de exploración.