Los hidrocarburos que se pierdan por o negligencia del concesionario serán incluidos en el cómputo de su respectiva producción, a los efectos tributarios consiguientes, sin perjuicio de las sanciones que fuere del caso aplicar.
Qué significa en la práctica
Los hidrocarburos perdidos por o negligencia del concesionario se computan a los efectos de la regalía.