Ley 17.741

Artículo 31Suma maxima del subsidio

Texto oficial

La suma máxima a otorgar en concepto de subsidio resultará de la aplicación del índice que fije el PODER EJECUTIVO NACIONAL sobre cada uno de los costos de producción que el INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES reconozca a las películas. Cuando se trate de coproducciones, sólo se tendrá en cuenta la inversión reconocida al coproductor argentino. A las películas declaradas de interés especial se les otorgará un índice suplementario. El reconocimiento del costo se efectuará de acuerdo con las normas que establezca el INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES y mediante la evaluación de los gastos realizados.

Qué significa en la práctica

Fija la suma maxima a otorgar en concepto de subsidio.

Normas relacionadas

← Ver en Ley de Cine completaLeyes