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Ley 18.425

DerogadaNacional

Ley de Promoción Comercial

Sanción:30 de octubre de 1969BO:7 de noviembre de 1969Ver fuente oficial
30artículos
ComercioRégimen promocionalDesregulación
Contexto de la ley

Resumen ejecutivo

Régimen promocional del comercio minorista (1969). Daba beneficios fiscales (amortización acelerada, exenciones), crediticios y de servicios esenciales a quienes adoptaran formatos comerciales de gran escala, y reservaba las denominaciones (supermercado, cadena, centro de compras) para los inscriptos. Derogada por el 70/2023.

Objetivo

Transformar y modernizar las estructuras de comercialización fomentando formatos de gran escala (supermercados, cadenas, centros de compras) mediante beneficios fiscales y crediticios.

Problema que resuelve

El comercio minorista atomizado y poco eficiente; la ley buscaba incentivar formatos modernos que ordenaran y abarataran la comercialización.

A quiénes alcanza

Supermercados y autoserviciosCadenas minoristasMayoristasCentros de comprasConsumidores
Análisis jurídico

Obligaciones

  • Cumplir los requisitos de organización y escala de cada formato para acceder a los beneficios
  • Inscribirse y mantenerse en el registro de organizaciones comerciales
  • Conservar el mínimo de locales y superficies de venta para sostener la inscripción
  • Reservar las denominaciones (supermercado, cadena, centro de compras) solo para quienes cumplen la ley

Derechos que reconoce

  • Acceder a beneficios impositivos (amortización acelerada, exenciones) y crediticios
  • Prioridad en la provisión de energía eléctrica y demás servicios esenciales
  • Posibilidad de horarios de atención ampliados
  • Adjudicación de terrenos o edificios fiscales para instalarse

Casos de uso

  • Consultar el régimen histórico de promoción del comercio minorista
  • Entender qué normas derogó el 70/2023
  • Investigar la evolución de la regulación comercial en Argentina

Preguntas frecuentes

No. Fue derogada por el 70/2023 (art. 4). Se mantiene como referencia histórica.