La Ley 25.751 sustituyó el artículo 15 ter (texto según el artículo 12 de la Ley 25.615): la intervención del Instituto puede disponerla el Congreso por ley previo dictamen de la Auditoría General de la Nación, o el Poder Ejecutivo por decreto en supuestos tasados con cuenta inmediata al Congreso, y en ningún caso puede exceder los 180 días corridos ni prorrogarse.
Resumen ejecutivo
Sancionada en 1971, creó el INSSJP (PAMI) como organismo nacional encargado de la salud y la asistencia social de los jubilados y pensionados. Estableció su gobierno (un directorio con representación de jubilados, activos y el Estado) y, sobre todo, su financiamiento: aportes obligatorios de jubilados y pensionados sobre sus haberes y un aporte de los trabajadores en actividad. Ese aporte es el que figura como "Ley del PAMI" en los haberes y recibos. La ley sigue vigente y fue modificada numerosas veces (composición del directorio, alícuotas y alcance).Objetivo
Garantizar a los jubilados y pensionados el acceso a servicios de salud y asistencia social a través de un instituto nacional financiado con aportes propios.Problema que resuelve
La falta de una cobertura de salud específica y unificada para los jubilados y pensionados, que antes dependían de distintas obras sociales.A quiénes alcanza
Obligaciones
Derechos que reconoce
Preguntas frecuentes