El presupuesto de gastos administrativos y de funcionamiento del Instituto no podrá exceder del cinco por ciento (5 %) del total de sus recursos. Dicho porcentaje podrá ser aumentado por el Poder Ejecutivo a propuesta fundada del Directorio.
Qué significa en la práctica
Limita el gasto administrativo y de funcionamiento del PAMI a un 5% de sus recursos, para que la mayor parte se destine a las prestaciones. El Poder Ejecutivo puede elevar ese tope con fundamento.