Artículo 3Otros servicios de promoción y asistencia social
Texto oficial
El Instituto podrá prestar otros servicios destinados a la promoción y asistencia social de los afiliados, tales como subsidios, préstamos con o sin garantía real, vivienda en comodato mediante programas y asistencia financiera de la Secretaría de Estado de Vivienda, asesoramiento y gestoría previsional gratuitos, promoción cultural, proveeduría, recreación, turismo y todo otro servicio que el Directorio establezca.
Qué significa en la práctica
Además de la salud, el PAMI puede brindar otros servicios sociales: subsidios, préstamos, turismo, recreación, asesoramiento previsional gratuito y demás prestaciones que decida su Directorio.