Responsabilidades. La infracción de lo establecido en el artículo anterior, hará al socio aparente o prestanombre y al socio oculto, responsables en forma subsidiaria, solidaria e ilimitada de conformidad con lo establecido por el artículo 125 de esta ley. (Artículo sustituido por Art. 20 — Ley 27.444 B.O. 18/6/2018) SECCION VI De los Socios en sus Relaciones con la Sociedad Comienzo del derecho y obligaciones.
Qué significa en la práctica
El socio aparente y el socio oculto responden en forma subsidiaria, solidaria e ilimitada.