Ley 19.550

Artículo 43Bienes gravados

Texto oficial

Los bienes gravados sólo pueden ser aportados por su valor con deducción del gravamen, el cual debe ser especificado por el aportante. Fondo de comercio.

Qué significa en la práctica

Los bienes gravados solo pueden aportarse por su valor con deducción del gravamen.
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