Ley 19.550

Artículo 55Contralor individual de los socios

Texto oficial

Los socios pueden examinar los libros y papeles sociales y recabar del administrador los informes que estimen pertinentes. Exclusiones. Salvo pacto en contrario, el contralor individual de los socios no puede ser ejercido en las sociedades de responsabilidad limitada incluidas en el segundo párrafo del artículo 158. Tampoco corresponde a los socios de sociedades por acciones, salvo el supuesto del último párrafo del artículo 284. SECCION VII De los socios y los terceros contra la sociedad: ejecución contra los socios.

Qué significa en la práctica

Los socios pueden examinar los libros y papeles sociales, salvo que exista sindicatura.
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