El órgano de aplicación de la presente ley será el Ministerio de Agricultura y Ganadería de la Nación, sin perjuicio de la intervención de la Industria y Minería en lo que hace al aspecto de la industrialización del textil y de otros organismos del Estado que, de acuerdo con sus funciones, puedan tener en alguna de las materias contempladas en esta ley.
Qué significa en la práctica
El Ministerio de Agricultura es el órgano de aplicación de la ley.