Ley 20.091

Artículo 88Nueva composicion del Consejo

Texto oficial

La nueva composición del Consejo Consultivo que se establece por esta ley se aplicará a partir del vencimiento de mandatos que se opere el primer 31 de enero que se cumpla después de su entrada en vigencia. Vigencia. Disposiciones derogadas.

Qué significa en la práctica

Disposicion transitoria sobre la nueva composicion del Consejo Consultivo.

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