Ley 20.337

Artículo 71Comité ejecutivo

Texto oficial

El estatuto o el reglamento pueden instituir un comité ejecutivo o mesa directiva, integrados por consejeros, para asegurar la continuidad de la gestión ordinaria. Esta institución no modifica las obligaciones y responsabilidades de los consejeros. Gerentes

Qué significa en la práctica

El estatuto o el reglamento pueden instituir un comité ejecutivo.

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