La Ley 25.057 incorporó un segundo párrafo al inciso w) del artículo 20 de la Ley de Impuesto a las Ganancias (t.o. 1997): la exención procede también para las sociedades de inversión, fiduciarios y otros entes constituidos como producto de procesos de privatización del capítulo II de la Ley 23.696, en tanto se trate de operaciones con acciones originadas en Programas de Propiedad Participada del capítulo III de esa ley. La modificación surte efectos desde la vigencia de ese capítulo III.
La Ley 25.784 sustituyó el artículo 8 (fuente argentina en exportaciones e importaciones y remisión al artículo 15 para operaciones con vinculadas o con jurisdicciones de baja o nula tributación), incorporó párrafos al artículo 15 (sexto método para exportaciones de commodities con intermediario internacional y requisitos de sustancia), sustituyó el último párrafo del artículo 18 (imputación de erogaciones a favor de vinculadas del exterior), el inciso a) del artículo 81 (deducción de intereses, tope de 20.000 pesos por créditos hipotecarios de casa habitación, subcapitalización y retención del 35%), los párrafos tercero y cuarto del artículo 84 (comisiones intragrupo en el valor amortizable) y el inciso c) del artículo 93 (presunciones de ganancia neta por intereses del exterior).
La Ley 26.072 prorrogó la vigencia del Impuesto a las Ganancias hasta el 31 de diciembre de 2009.
La Ley 26.073 prorrogó hasta el 31 de diciembre de 2006 la suspensión de la exención del art. 20 inc. 1 del Impuesto a las Ganancias.
Modifica el artículo 27: exime del impuesto las remuneraciones por guardias obligatorias (activas o pasivas) y horas extras del personal de los sistemas de salud, en centros públicos y privados.
Resumen ejecutivo
Es la ley del Impuesto a las Ganancias (texto ordenado por el Decreto 824/2019). Grava las ganancias obtenidas por personas humanas y jurídicas. Define el objeto del impuesto, los sujetos y la fuente (argentina o extranjera), las cuatro categorías de ganancias (rentas del suelo, de capitales, de las empresas y del trabajo personal), las deducciones generales y especiales, el mínimo no imponible y las cargas de familia, las alícuotas progresivas para personas humanas y la alícuota societaria, el impuesto cedular sobre la renta financiera y la venta de inmuebles, el ajuste por inflación impositivo y los regímenes de retención y de ganancias de fuente extranjera. Es uno de los impuestos centrales del sistema tributario argentino.Objetivo
Gravar las ganancias de personas y empresas como pilar de la recaudación, con un esquema de categorías, deducciones y alícuotas.Problema que resuelve
Establece cómo tributan la renta las personas y las empresas: qué se grava, qué se deduce y a qué alícuota.A quiénes alcanza
Obligaciones
Derechos que reconoce
Casos de uso
Preguntas frecuentes