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Ley 21.499

VigenteNacional

Ley Nacional de Expropiaciones

BO:21 de enero de 1977Ver fuente oficial
74artículos
ExpropiacionUtilidad publicaIndemnizacionPropiedadRetrocesion
Contexto de la ley

Resumen ejecutivo

La Ley de Expropiaciones (1977): regula como el Estado puede expropiar un bien por utilidad publica con indemnizacion previa, el procedimiento judicial, la retrocesion, la expropiacion irregular y la ocupacion temporanea. Reglamenta el articulo 17 de la Constitucion.

Objetivo

Regular el regimen nacional de expropiaciones por causa de utilidad publica y la justa indemnizacion al expropiado.

Problema que resuelve

La necesidad de un procedimiento claro para que el Estado adquiera bienes por utilidad publica respetando la propiedad y la indemnizacion previa.

A quiénes alcanza

PropietariosEstado nacionalEntes expropiantesTribunal de Tasaciones de la Nacion
Análisis jurídico

Obligaciones

  • El Estado solo puede expropiar mediante una ley que califique la utilidad publica del bien
  • El expropiante debe pagar la indemnizacion previa, que comprende el valor objetivo del bien y los danos directos
  • Sin avenimiento, el expropiante debe promover el juicio de expropiacion y consignar el valor para tomar posesion

Derechos que reconoce

  • El expropiado tiene derecho a una indemnizacion justa, previa y en dinero efectivo
  • El propietario puede ejercer la accion de retrocesion si al bien se le da un destino distinto del previsto o ninguno
  • El propietario puede promover la expropiacion irregular cuando el Estado afecta su bien sin completar el procedimiento

Casos de uso

  • Entender que es la expropiacion por utilidad publica y como se indemniza
  • Conocer el procedimiento judicial de expropiacion y el rol del Tribunal de Tasaciones
  • Saber cuando procede la retrocesion o la expropiacion irregular

Preguntas frecuentes

El regimen nacional de expropiaciones por utilidad publica: el concepto de utilidad publica, la indemnizacion, el procedimiento judicial, la retrocesion, la expropiacion irregular y la ocupacion temporanea.