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Ley 22.016

VigenteNacional

Derogación de Exenciones Tributarias a Empresas del Estado

Sanción:15 de junio de 1979Promulgación:15 de junio de 1979BO:22 de junio de 1979Ver fuente oficial
10artículos
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Contexto de la ley

Resumen ejecutivo

Ley de 1979 que puso fin a los privilegios tributarios de las empresas y organismos del Estado que compiten en el mercado. Al eliminar sus exenciones, quedan sujetas a los impuestos nacionales, provinciales y municipales como cualquier privado, en pos de la neutralidad tributaria. Es una norma estructural muy citada por otras leyes fiscales; incluye la facultad del Poder Ejecutivo de suspender la derogación para ciertos casos.

Objetivo

Igualar el tratamiento tributario de las empresas estatales que actúan en el mercado con el de las privadas, eliminando las exenciones que distorsionaban la y la recaudación provincial y municipal.

Problema que resuelve

Las empresas del Estado gozaban de exenciones impositivas que les daban ventaja sobre las privadas y privaban de recursos a provincias y municipios. La ley las somete a la tributación general.

A quiénes alcanza

empresas del Estadosociedades del Estado y de economía mixtabancos y entidades financieras oficialesprovincias y municipioscontratistas y proveedores del Estado
Análisis jurídico

Obligaciones

  • Las empresas y organismos estatales que venden bienes o prestan servicios deben tributar los impuestos, tasas y contribuciones de los que estaban exentos.
  • Esas entidades quedan sujetas también a la potestad tributaria provincial y municipal.
  • El Estado y esas entidades no pueden convenir cláusulas para tomar a su cargo los impuestos de la otra parte del .

Derechos que reconoce

  • Las provincias y municipios recuperan la potestad de gravar a las entidades estatales que actúan en su territorio.
  • Las entidades pueden acogerse a los regímenes promocionales vigentes por las inversiones que realicen.

Casos de uso

  • Una empresa estatal que vende un servicio paga IVA e Ingresos Brutos como una privada.
  • Un municipio cobra la tasa de seguridad e higiene a una sucursal de un banco oficial.
  • El Poder Ejecutivo suspende, para una actividad concreta, la derogación de una exención de impuesto a las ganancias.

Preguntas frecuentes

Derogó todas las exenciones de impuestos, tasas y contribuciones que tenían las empresas del Estado, las sociedades con participación estatal, las sociedades del Estado, las de economía mixta y los bancos oficiales que venden bienes o prestan servicios, para que tributen como cualquier privado.