Resumen ejecutivo
Es la ley orgánica de la Inspección General de Justicia (IGJ), el registro y organismo de control de las personas jurídicas en la Ciudad de Buenos Aires. La IGJ lleva el Registro Público (de Comercio), inscribe y fiscaliza a las sociedades por acciones (salvo las que controla la Comisión Nacional de Valores), a las sociedades extranjeras que operan en el país, a las de capitalización y ahorro, y a las asociaciones civiles y fundaciones. Tiene amplias facultades de inspección, puede aplicar sanciones (apercibimiento, multa) y declarar irregulares e ineficaces los actos contrarios a la ley o al estatuto; sus resoluciones son apelables ante las Cámaras Comercial o Civil.Objetivo
Organizar el registro y el control estatal de las sociedades, asociaciones civiles y fundaciones en el ámbito de la Capital Federal, definiendo las funciones de la Inspección General de Justicia.Problema que resuelve
El registro y la fiscalización de las personas jurídicas requerían un organismo con funciones, facultades y procedimientos claros; la ley reemplazó la anterior Inspección General de Personas Jurídicas.A quiénes alcanza
Obligaciones
Derechos que reconoce
Sanciones
Casos de uso
Preguntas frecuentes