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Ley 23.187

VigenteNacional

Ley del Colegio Publico de Abogados de la Capital Federal

Sanción:5 de junio de 1985Promulgación:25 de junio de 1985BO:28 de junio de 1985Ver fuente oficial
67artículos
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Contexto de la ley

Resumen ejecutivo

La Colegio Publico de Abogados (Ley 23.187) ordena el ejercicio de la abogacia en la Capital Federal y crea el Colegio Publico de Abogados de la Capital Federal (CPACF), una persona juridica de derecho publico que gobierna la matricula y controla el ejercicio de la profesion. Fija los requisitos para ejercer (titulo de abogado, juramento, inscripcion en la matricula), la colegiacion legal obligatoria, la jerarquia, los deberes y derechos del abogado (entre ellos la inviolabilidad de su estudio y de sus comunicaciones profesionales), las normas de etica, el regimen disciplinario a cargo del Tribunal de Disciplina y la organizacion y el gobierno del Colegio (Asamblea, Consejo Directivo y Tribunal de Disciplina).

Objetivo

Ordenar y controlar el ejercicio de la abogacia en la Capital Federal mediante la colegiacion obligatoria, garantizando la idoneidad y la etica profesional y la defensa de los derechos del abogado.

Problema que resuelve

No existia un control unico de la matricula ni de la etica de los abogados de la Capital; la ley creo el Colegio Publico, que centraliza la matricula, el gobierno de la profesion y la potestad disciplinaria.

A quiénes alcanza

abogadosaspirantes a la matriculaColegio Publico de AbogadosclientesPoder Judicial
Análisis jurídico

Obligaciones

  • Para ejercer la abogacia en la Capital Federal hay que inscribirse en la matricula del Colegio Publico de Abogados.
  • El abogado debe cumplir las normas de etica profesional y queda sujeto a la potestad disciplinaria del Colegio.
  • El abogado debe abonar el derecho fijo y la cuota anual que sostienen al Colegio.

Derechos que reconoce

  • El abogado matriculado tiene derecho a ejercer libremente su profesion y a la inviolabilidad de su estudio profesional y de sus comunicaciones con el cliente.
  • El abogado no puede ser molestado por las opiniones tecnicas que vierte en el ejercicio profesional.
  • El abogado puede participar en el gobierno del Colegio: elegir y ser elegido en sus organos.

Casos de uso

  • Un abogado quiere saber los requisitos para matricularse y ejercer en la Capital Federal.
  • Entender que sanciones puede aplicar el Tribunal de Disciplina y por que.
  • Conocer los derechos y deberes del abogado matriculado.

Preguntas frecuentes

Si. Para ejercer la abogacia en la Capital Federal hay que estar inscripto en la matricula del Colegio Publico de Abogados: la colegiacion legal es obligatoria.