Resumen ejecutivo
La Colegio Publico de Abogados (Ley 23.187) ordena el ejercicio de la abogacia en la Capital Federal y crea el Colegio Publico de Abogados de la Capital Federal (CPACF), una persona juridica de derecho publico que gobierna la matricula y controla el ejercicio de la profesion. Fija los requisitos para ejercer (titulo de abogado, juramento, inscripcion en la matricula), la colegiacion legal obligatoria, la jerarquia, los deberes y derechos del abogado (entre ellos la inviolabilidad de su estudio y de sus comunicaciones profesionales), las normas de etica, el regimen disciplinario a cargo del Tribunal de Disciplina y la organizacion y el gobierno del Colegio (Asamblea, Consejo Directivo y Tribunal de Disciplina).Objetivo
Ordenar y controlar el ejercicio de la abogacia en la Capital Federal mediante la colegiacion obligatoria, garantizando la idoneidad y la etica profesional y la defensa de los derechos del abogado.Problema que resuelve
No existia un control unico de la matricula ni de la etica de los abogados de la Capital; la ley creo el Colegio Publico, que centraliza la matricula, el gobierno de la profesion y la potestad disciplinaria.A quiénes alcanza
Obligaciones
Derechos que reconoce
Casos de uso
Preguntas frecuentes