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Tratado 23.338

VigenteTratadoNacional

Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes

Sanción:30 de julio de 1986Promulgación:19 de agosto de 1986BO:26 de febrero de 1986Ver fuente oficial
3artículos
torturaderechos humanosComité contra la Torturatratos cruelestratado internacional
Contexto de la ley

Resumen ejecutivo

La Convención contra la Tortura (1986) aprueba la Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes, adoptada por la Asamblea General de las Naciones Unidas el 10 de diciembre de 1984. La Convención define la tortura y establece su prohibición absoluta: ninguna circunstancia excepcional —ni el estado de guerra, la inestabilidad política o una orden superior— puede invocarse para justificarla. Obliga a los Estados a tomar medidas para impedir los actos de tortura en su territorio, a tipificarlos como delitos graves, a investigarlos , a juzgar o extraditar a los responsables ( universal), a excluir como prueba toda declaración obtenida mediante tortura y a reparar a las víctimas. Crea el Comité contra la Tortura, cuya la Argentina reconoció para recibir comunicaciones. Tiene jerarquía constitucional desde 1994 (art. 75 inc. 22) y es central en el juzgamiento de los crímenes de la última dictadura.

Objetivo

Prevenir y sancionar la tortura y los tratos crueles, con prohibición absoluta y universal.

Problema que resuelve

La impunidad de la tortura; obliga a tipificarla, investigarla y excluir las pruebas obtenidas con ella.

A quiénes alcanza

personas privadas de libertadEstado Nacionalfuerzas de seguridadpoder judicial
Análisis jurídico

Obligaciones

  • El Estado debe prevenir y tipificar la tortura, investigarla y juzgar o extraditar a los responsables.
  • Ninguna circunstancia excepcional puede invocarse para justificar la tortura.

Derechos que reconoce

  • Derecho a no ser sometido a tortura ni a tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes, y a que se excluya toda prueba obtenida mediante tortura.

Casos de uso

  • Fundar la de una confesión obtenida bajo apremios.
  • Impulsar la investigación de un caso de tortura.

Preguntas frecuentes

No. La Convención (Convención contra la Tortura) prohíbe la tortura de manera absoluta: ninguna circunstancia excepcional —guerra, emergencia, orden superior— puede invocarse para justificarla.