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Ley 23.966

VigenteNacional

Ley 23.966 - Bienes Personales, Combustibles y Financiamiento Previsional

Sanción:1 de agosto de 1991Promulgación:15 de agosto de 1991BO:20 de agosto de 1991Ver fuente oficial
3 reformas — ver historial
1991Texto original
2002Ley 25.721

La Ley 25.721 modificó el Título VI (Impuesto sobre los Bienes Personales): sustituyó el inciso g) del artículo 21 para incluir los certificados de depósitos reprogramados (CEDROS) junto a los títulos públicos, reescribió el artículo 21 bis sobre obligaciones negociables y facultó al Poder Ejecutivo a derogar las exenciones de los incisos g) y h), y sustituyó el cuarto párrafo del artículo 26.

2003Ley 25.745

La Ley 25.745 reformó el Título III (Impuesto sobre los Combustibles Líquidos y el Gas Natural): sustituyó el artículo 4 (alícuotas y montos mínimos por litro, alconaftas y biodiesel), incorporó un artículo a continuación que define la base imponible, sustituyó el artículo 5 (facultad de aumentar hasta 25% y disminuir hasta 10% las alícuotas), derogó el artículo 6, sustituyó el segundo párrafo del artículo 7, sustituyó el artículo 10 (GNC al 16%), sustituyó el tercer párrafo del artículo 15 e incorporó un artículo que faculta a suspender los regímenes de pago a cuenta previa consulta a la Comisión Bicameral de la Ley 25.561.

2006Ley 26.072vigente

La Ley 26.072 prorrogó la vigencia del Título VI (Impuesto sobre los Bienes Personales) hasta el 31 de diciembre de 2009.

37artículos
3modif.
bienes personalesimpuesto al patrimoniocombustibles líquidosfinanciamiento previsionalganancia mínima presuntatributario
Contexto de la ley

Resumen ejecutivo

Es la ley que, en su Título VI, crea el Impuesto sobre los Bienes Personales: el tributo anual sobre el patrimonio de las personas humanas (inmuebles, vehículos, dinero, inversiones) que supere el mínimo no imponible. La misma ley regula el impuesto sobre los combustibles líquidos y el gas natural y afecta recursos al financiamiento del régimen previsional. El Impuesto sobre los Bienes Personales fue modificado numerosas veces (mínimos, alícuotas, criterio de residencia por la Reforma Tributaria 2017).

Objetivo

Establecer impuestos (combustibles y bienes personales) y asignar recursos al financiamiento del sistema de seguridad social.

Problema que resuelve

La necesidad de financiar el sistema previsional y de gravar el patrimonio de las personas, creando el Impuesto sobre los Bienes Personales.

A quiénes alcanza

personas humanascontribuyentescontadoresabogados tributaristasresponsables sustitutos
Análisis jurídico

Obligaciones

  • Las personas cuyo patrimonio supere el mínimo no imponible deben declarar y pagar el Impuesto sobre los Bienes Personales.
  • Los responsables sustitutos (por ejemplo, sociedades por las acciones de sus titulares) deben ingresar el impuesto que corresponda.

Derechos que reconoce

  • Del contribuyente: a computar el mínimo no imponible y las exenciones previstas antes de tributar.
  • Al cómputo de pagos a cuenta y de los gravámenes análogos abonados en el exterior, según corresponda.

Casos de uso

  • Saber qué bienes alcanza el Impuesto sobre los Bienes Personales.
  • Conocer el mínimo no imponible y las alícuotas.
  • Entender el rol del responsable sustituto.

Preguntas frecuentes

Un impuesto anual que grava el patrimonio de las personas humanas (inmuebles, vehículos, dinero, inversiones, etc.) cuyo valor total supera el mínimo no imponible. Lo crea el Título VI de la Ley de Bienes Personales.