Créanse los cargos de
magistrado, secretarios de juzgado, procurador fiscal, defensor oficial
y de los funcionarios y empleados a que se refiere el anexo que forma
parte de la presente ley.
Qué significa en la práctica
Crea los cargos necesarios para que el juzgado funcione: magistrado, secretarios de juzgado, procurador fiscal, defensor oficial y los funcionarios y empleados que detalla el Anexo, que forma parte de la ley. ATENCIÓN: ese Anexo fue sustituido íntegramente por el Art. 1 — Ley 27.387 (B.O. 2/10/2017), que actualizó la planta de cargos.