Ley 24.193

Artículo 40Recursos

Texto oficial

Contra las decisiones administrativas que la autoridad sanitaria dicte en virtud de esta ley y de sus disposiciones reglamentarias, podrán interponerse los recursos que en las normas procesales se contemplen o establezcan.

Qué significa en la práctica

Las decisiones administrativas son recurribles según las normas procesales.

Normas relacionadas

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