Resumen ejecutivo
La Ley de Protección contra la Violencia Familiar (1994) habilita a toda persona que sufra lesiones o maltrato físico o psíquico por parte de un integrante de su grupo familiar (originado en el matrimonio o en uniones de hecho) a denunciarlo ante el juez de familia y pedir medidas . Prevé denuncia obligatoria cuando las víctimas son menores, incapaces, ancianos o personas con discapacidad, un diagnóstico de interacción familiar por peritos, y medidas como la exclusión del agresor del hogar, la prohibición de acceso al domicilio o lugares de la víctima, el reintegro de quien debió salir y alimentos/tenencia/comunicación provisorios. Incorpora además la exclusión del hogar como en el proceso penal (Art. 310 — Ley de Implementación del Código Procesal Penal Federal). Se complementa con la Ley de Violencia contra la Mujer.Objetivo
Dar una vía rápida y protectora a las víctimas de violencia dentro de la familia, con medidas urgentes del juez de familia.Problema que resuelve
Antes la víctima de violencia doméstica no tenía un procedimiento ágil para sacar al agresor del hogar o prohibir su acercamiento; la ley crea ese mecanismo.A quiénes alcanza
Obligaciones
Derechos que reconoce
Casos de uso
Preguntas frecuentes