Volver al listado

Ley 24.522

VigenteNacional

Ley de Concursos y Quiebras

Sanción:20 de julio de 1995Promulgación:7 de agosto de 1995BO:9 de agosto de 1995Ver fuente oficial
4 reformas — ver historial
1995Texto original
2006Ley 26.086

La Ley 26.086 reformó el inciso 11 e incorporó el inciso 12 al artículo 14 (vista al síndico sobre pasivos laborales e informe mensual de la empresa).

2006Ley 26.086

La Ley 26.086 reescribió el artículo 16 reforzando el pronto pago de créditos laborales (sin verificación ni juicio previos; afectación del 1% mensual del ingreso bruto si no hay fondos líquidos).

2006Ley 26.086

La Ley 26.086 sustituyó el artículo 21, excluyendo del fuero de atracción a los juicios de conocimiento en trámite y a los juicios laborales, que siguen ante su tribunal de origen.

2006Ley 26.086vigente

La Ley 26.086 también sustituyó los artículos 56, 72, 132 y 133 de la Ley 24.522, en consonancia con el nuevo régimen del fuero de atracción y la verificación de créditos.

301artículos
4modif.
Concurso preventivoQuiebraCesación de pagosVerificación de créditosAcuerdo preventivoPrivilegios concursales
Contexto de la ley

Resumen ejecutivo

Sancionada en 1995, la Ley de Concursos y Quiebras es el régimen central de insolvencia en Argentina. Ofrece dos caminos al deudor en cesación de pagos: el concurso preventivo —para reestructurar la deuda y acordar con los acreedores bajo control judicial— y la quiebra —la liquidación del patrimonio para pagar a los acreedores según un orden de privilegios—. Regula la figura del síndico, la verificación de créditos, las mayorías para aprobar el acuerdo, el "cramdown" o salvataje, la extensión de la quiebra, los efectos sobre los contratos y las relaciones laborales, y un régimen simplificado para los pequeños concursos. Fue reformada varias veces (leyes 25.563, 25.589, 26.086 y 26.684, entre otras).

Objetivo

Ordenar la situación del deudor insolvente protegiendo por igual a los acreedores, sea mediante un acuerdo preventivo que permita la continuidad de la empresa o mediante la liquidación ordenada de su patrimonio.

Problema que resuelve

La insolvencia: cuando una persona o empresa no puede pagar sus deudas, evita la carrera individual de los acreedores y organiza un proceso colectivo, universal y con reglas de prioridad.

A quiénes alcanza

Deudores en cesación de pagosAcreedoresSíndicosTrabajadoresEmpresas en crisis
Análisis jurídico

Obligaciones

  • El deudor en cesación de pagos debe presentar el concurso con su documentación contable y la nómina de acreedores que exige la ley.
  • Los acreedores deben verificar sus créditos ante el síndico dentro del plazo fijado para participar del proceso.
  • El síndico debe informar sobre los créditos, la conducta del deudor y la marcha del proceso.
  • El concursado no puede realizar actos que alteren la igualdad de los acreedores sin autorización del juez.

Derechos que reconoce

  • El deudor puede proponer a sus acreedores un acuerdo preventivo para evitar la quiebra y continuar la empresa.
  • Los acreedores cobran respetando el orden de privilegios (pronto pago laboral, créditos con garantía, quirografarios).
  • Los trabajadores tienen derecho al pronto pago de sus créditos y pueden continuar la empresa mediante cooperativa.
  • El fallido de buena fe tiene derecho a la rehabilitación cumplidos los plazos legales.

Preguntas frecuentes

El concurso preventivo busca que el deudor acuerde con sus acreedores y siga funcionando; la quiebra implica la liquidación de su patrimonio para pagar a los acreedores. Ambos requieren estado de cesación de pagos.