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Tratado 24.556

VigenteTratadoNacional

Convención Interamericana sobre Desaparición Forzada de Personas

Sanción:13 de septiembre de 1995Promulgación:11 de octubre de 1995BO:18 de octubre de 1995Ver fuente oficial
2artículos
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Contexto de la ley

Resumen ejecutivo

La Convención sobre Desaparición Forzada (1995) aprueba la Convención Interamericana sobre Desaparición Forzada de Personas, adoptada por la Asamblea General de la Organización de los Estados Americanos el 9 de junio de 1994 en Belém do Pará. La Convención responde a la práctica sistemática de las desapariciones en América Latina: define la desaparición forzada como la privación de la libertad de una persona por agentes del Estado o con su aquiescencia, seguida de la falta de información o de la negativa a reconocer la privación o el paradero, sustrayendo a la persona de la protección de la ley. Obliga a los Estados a no practicar, permitir ni tolerar la desaparición forzada, a tipificarla como continuado o permanente mientras no se conozca el destino de la víctima, a considerarla imprescriptible o con el plazo de más extenso, a excluir la eximente de obediencia debida y a juzgarla en la justicia ordinaria (no militar). Adquirió jerarquía constitucional en 1997 por la Ley 24.820 (art. 75 inc. 22). Es una de las bases jurídicas del juzgamiento de los crímenes de la última dictadura.

Objetivo

Prevenir y sancionar la desaparición forzada de personas como continuado e imprescriptible.

Problema que resuelve

La impunidad de las desapariciones forzadas; obliga a tipificarlas y a juzgarlas sin obediencia debida ni militar.

A quiénes alcanza

víctimas de desaparición forzada y sus familiasEstado Nacionalfuerzas de seguridad
Análisis jurídico

Obligaciones

  • El Estado no debe practicar, permitir ni tolerar la desaparición forzada, debe tipificarla como continuado e imprescriptible y juzgarla en la justicia ordinaria.

Derechos que reconoce

  • Derecho a no ser sometido a desaparición forzada y de las familias a conocer el destino de la víctima y a la justicia.

Casos de uso

  • Fundar la imprescriptibilidad de un caso de desaparición forzada.
  • Excluir la obediencia debida o el militar en su juzgamiento.

Preguntas frecuentes

La privación de la libertad de una persona por agentes del Estado o con su aquiescencia, seguida de la negativa a reconocer la privación o a informar el paradero, sustrayéndola de la protección de la ley.