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Convención de Belém do Pará
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Art. 22
Ley 24.632
Artículo 22
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Texto oficial
El Secretario General informará a todos los Estados miembros de la Organización de los Estados Americanos de la entrada en vigor de la Convención.
Qué significa en la práctica
El Secretario General de la OEA informa a todos los Estados miembros sobre la entrada en vigor de la Convención.
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