Esta ley es aplicable a los procesados a condición de que sus normas no contradigan el principio de inocencia y resulten más favorables y útiles para resguardar su personalidad. Las cuestiones que pudieran suscitarse serán resueltas por el juez competente.
(Artículo sustituido por Art. 6 — Reforma de la Ejecución Penal 2017 B.O. 28/07/2017)
Qué significa en la práctica
La ley se aplica también a los procesados, siempre que sus normas no contradigan el principio de inocencia y resulten más favorables y útiles para resguardar su personalidad. (Reforma Reforma de la Ejecución Penal 2017.)