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Ley de Asignaciones Familiares
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Art. 17
Ley 24.714
Artículo 17
Asignaciones por hijo de los jubilados
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Texto oficial
Las asignaciones por hijo y por hijo con discapacidad son las previstas en los artículos 7° y 8° de esta ley.
Qué significa en la práctica
Las asignaciones por hijo y por hijo con discapacidad de los jubilados son las previstas en los articulos 7 y 8.
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