Resumen ejecutivo
Es uno de la cincuentena de tratados bilaterales de inversión que la Argentina firmó en los años 90 para atraer capitales externos. La estructura es la típica de esos acuerdos: definiciones amplias de inversor e inversión, promoción y admisión conforme a la legislación de cada Parte, estándares de protección (trato justo y equitativo, plena protección y seguridad, nación más favorecida y trato nacional), condiciones estrictas para expropiar, garantía de transferencia de divisas, subrogación del asegurador y una cláusula de solución de controversias que habilita al inversor a llevar al Estado receptor a internacional. Fue promulgado de hecho el 20 de octubre de 1998.Objetivo
Crear condiciones favorables y previsibles para las inversiones recíprocas entre la Argentina y El Salvador, con estándares de protección exigibles y un mecanismo de solución de controversias.Problema que resuelve
Sin un instrumento internacional, el inversor extranjero quedaba expuesto a cambios regulatorios, restricciones cambiarias o expropiaciones sin más protección que la legislación interna del país receptor y sin foro imparcial para reclamar. Esa incertidumbre encarecía o desalentaba la inversión.A quiénes alcanza
Obligaciones
Derechos que reconoce
Casos de uso
Preguntas frecuentes